Imagina que llevas años haciendo tu trabajo como profesor universitario. Un día te notifican que fuiste calificado en Lista D — "desempeño insuficiente". Pides explicaciones. Nadie te las da con claridad. Te cuestionan cursos que tu propia Escuela había aprobado. Esta es una evaluación académica arbitraria. ¿Te suena familiar? A un académico de la Universidad de Tarapacá le pasó exactamente esto. Pero no se quedó de brazos cruzados.
Llevó su caso hasta la Corte Suprema. Y ganó.
El máximo tribunal ordenó a la Universidad repetir completamente su evaluación de desempeño. ¿La razón? Actuaron de manera arbitraria y nunca le explicaron con fundamentos claros por qué lo calificaron en Lista D.
Calificación Lista D sin fundamentos: lo que le pasó a este profesor
Todo comenzó con la evaluación de desempeño académico del año 2023. Este profesor de la Escuela de Derecho fue calificado en Lista D porque, según la Universidad, no alcanzó las "unidades académicas equivalentes" (UAE) mínimas requeridas.
Pero había algo que no cuadraba: le descontaron cursos que él efectivamente había impartido. ¿El argumento? Que había dictado dos cursos en el mismo horario y sala. Lo absurdo es que esa modalidad ya había sido conocida y validada por su propia Escuela de Derecho.
- Le aplicaron criterios que no estaban en el reglamento
- Nunca le notificaron adecuadamente el acuerdo de la Comisión Evaluadora
- No consideraron todas las asignaturas que realmente impartió
- Le aplicaron retroactivamente un reglamento sobre carga académica adicional
Como muchos funcionarios en situaciones similares, el profesor intentó defenderse por las vías internas. Presentó recursos de reposición y jerárquico. Ambos fueron rechazados. Entonces decidió dar un paso más: interpuso un recurso de protección.
El recurso de protección: primera instancia rechazada
La Corte de Apelaciones de Arica falló en contra del profesor. Concluyó que el proceso de evaluación se había ajustado a la normativa institucional vigente y que la reducción de carga académica por cursos simultáneos "no constituía arbitrariedad ni ilegalidad".
Muchos funcionarios reciben este primer rechazo y asumen que no hay nada más que hacer. Pero la historia de este profesor demuestra que vale la pena apelar. La Corte Suprema puede ver las cosas de manera muy distinta.
¿Tu evaluación también fue arbitraria y te rechazaron los recursos internos? No asumas que se acabaron las opciones.
Evalúa tu casoDebido proceso vulnerado: lo que encontró la Corte Suprema
El profesor apeló a la Corte Suprema. Y el máximo tribunal revocó completamente la decisión de Arica. ¿Qué encontró?
Evaluación académica arbitraria
La Universidad le reprochó impartir dos cursos en el mismo horario, pero esa situación ya había sido validada por la Escuela de Derecho. No podían castigarlo por algo que ellos mismos habían aprobado.
Falta de fundamentación (Ley 19.880)
Las resoluciones que lo calificaron en Lista D y rechazaron sus recursos no tenían fundamentación adecuada. Esto vulnera los artículos 11 y 41 de la Ley N°19.880.
Trato desigual
Otros profesores en situaciones comparables sí tuvieron reconocidas todas sus asignaturas y recibieron evaluaciones con fundamentos claros. A él no.
Derechos funcionarios vulnerados
Como nunca le informaron con claridad los criterios de evaluación, no pudo ejercer plenamente sus derechos de defensa mediante los recursos administrativos.
Derechos funcionarios: lo que dijo la Corte Suprema
La Corte Suprema acogió el recurso de protección y ordenó a la Universidad de Tarapacá realizar nuevamente el proceso de evaluación de desempeño académico correspondiente al año 2023, esta vez respetando el debido proceso y con fundamentación adecuada.
Nota: La decisión se adoptó con el voto en contra de la ministra Ravanales y el ministro Simpértigue, quienes estuvieron por confirmar el fallo de Arica.
Sentencias del caso
Ley 19.880 y tus derechos: qué significa este fallo para ti
Si eres académico o funcionario público y sientes que tu evaluación de desempeño fue injusta, este caso te da herramientas concretas:
- Derecho a fundamentación (Ley 19.880): Toda resolución que te califique debe explicar claramente por qué (arts. 11 y 41)
- Derecho a criterios conocidos: No pueden aplicarte reglas que no estaban en el reglamento, ni castigarte por situaciones que ellos mismos validaron
- Derecho a igualdad de trato: Si otros funcionarios en tu misma situación recibieron mejor trato, hay arbitrariedad
- Derecho a defensa efectiva: Si no te informaron los criterios a tiempo, te impidieron defenderte adecuadamente
¿Tu evaluación también fue arbitraria?
Si te calificaron en Lista D sin fundamentos claros, si te aplicaron criterios que no conocías, o si otros colegas en tu misma situación recibieron mejor trato, podrías tener un caso. Conversemos.
Evalúa tu situación gratisJurisprudencia: Corte Suprema Rol N°1677-2025 | Corte de Apelaciones de Arica Rol N°380-2024
Imagina que llevas años haciendo tu trabajo como profesor universitario. Un día te notifican que fuiste calificado en Lista D — "desempeño insuficiente". Pides explicaciones. Nadie te las da con claridad. Te cuestionan cursos que tu propia Escuela había aprobado. Esta es una evaluación académica arbitraria. ¿Te suena familiar? A un académico de la Universidad de Tarapacá le pasó exactamente esto. Pero no se quedó de brazos cruzados.
Llevó su caso hasta la Corte Suprema. Y ganó.
El máximo tribunal ordenó a la Universidad repetir completamente su evaluación de desempeño. ¿La razón? Actuaron de manera arbitraria y nunca le explicaron con fundamentos claros por qué lo calificaron en Lista D.
Calificación Lista D sin fundamentos: lo que le pasó a este profesor
Todo comenzó con la evaluación de desempeño académico del año 2023. Este profesor de la Escuela de Derecho fue calificado en Lista D porque, según la Universidad, no alcanzó las "unidades académicas equivalentes" (UAE) mínimas requeridas.
Pero había algo que no cuadraba: le descontaron cursos que él efectivamente había impartido. ¿El argumento? Que había dictado dos cursos en el mismo horario y sala. Lo absurdo es que esa modalidad ya había sido conocida y validada por su propia Escuela de Derecho.
- Le aplicaron criterios que no estaban en el reglamento
- Nunca le notificaron adecuadamente el acuerdo de la Comisión Evaluadora
- No consideraron todas las asignaturas que realmente impartió
- Le aplicaron retroactivamente un reglamento sobre carga académica adicional
Como muchos funcionarios en situaciones similares, el profesor intentó defenderse por las vías internas. Presentó recursos de reposición y jerárquico. Ambos fueron rechazados. Entonces decidió dar un paso más: interpuso un recurso de protección.
El recurso de protección: primera instancia rechazada
La Corte de Apelaciones de Arica falló en contra del profesor. Concluyó que el proceso de evaluación se había ajustado a la normativa institucional vigente y que la reducción de carga académica por cursos simultáneos "no constituía arbitrariedad ni ilegalidad".
Muchos funcionarios reciben este primer rechazo y asumen que no hay nada más que hacer. Pero la historia de este profesor demuestra que vale la pena apelar. La Corte Suprema puede ver las cosas de manera muy distinta.
¿Tu evaluación también fue arbitraria y te rechazaron los recursos internos? No asumas que se acabaron las opciones.
Evalúa tu casoDebido proceso vulnerado: lo que encontró la Corte Suprema
El profesor apeló a la Corte Suprema. Y el máximo tribunal revocó completamente la decisión de Arica. ¿Qué encontró?
Evaluación académica arbitraria
La Universidad le reprochó impartir dos cursos en el mismo horario, pero esa situación ya había sido validada por la Escuela de Derecho. No podían castigarlo por algo que ellos mismos habían aprobado.
Falta de fundamentación (Ley 19.880)
Las resoluciones que lo calificaron en Lista D y rechazaron sus recursos no tenían fundamentación adecuada. Esto vulnera los artículos 11 y 41 de la Ley N°19.880.
Trato desigual
Otros profesores en situaciones comparables sí tuvieron reconocidas todas sus asignaturas y recibieron evaluaciones con fundamentos claros. A él no.
Derechos funcionarios vulnerados
Como nunca le informaron con claridad los criterios de evaluación, no pudo ejercer plenamente sus derechos de defensa mediante los recursos administrativos.
Derechos funcionarios: lo que dijo la Corte Suprema
La Corte Suprema acogió el recurso de protección y ordenó a la Universidad de Tarapacá realizar nuevamente el proceso de evaluación de desempeño académico correspondiente al año 2023, esta vez respetando el debido proceso y con fundamentación adecuada.
Nota: La decisión se adoptó con el voto en contra de la ministra Ravanales y el ministro Simpértigue, quienes estuvieron por confirmar el fallo de Arica.
Sentencias del caso
Ley 19.880 y tus derechos: qué significa este fallo para ti
Si eres académico o funcionario público y sientes que tu evaluación de desempeño fue injusta, este caso te da herramientas concretas:
- Derecho a fundamentación (Ley 19.880): Toda resolución que te califique debe explicar claramente por qué (arts. 11 y 41)
- Derecho a criterios conocidos: No pueden aplicarte reglas que no estaban en el reglamento, ni castigarte por situaciones que ellos mismos validaron
- Derecho a igualdad de trato: Si otros funcionarios en tu misma situación recibieron mejor trato, hay arbitrariedad
- Derecho a defensa efectiva: Si no te informaron los criterios a tiempo, te impidieron defenderte adecuadamente
¿Tu evaluación también fue arbitraria?
Si te calificaron en Lista D sin fundamentos claros, si te aplicaron criterios que no conocías, o si otros colegas en tu misma situación recibieron mejor trato, podrías tener un caso. Conversemos.
Evalúa tu situación gratisJurisprudencia: Corte Suprema Rol N°1677-2025 | Corte de Apelaciones de Arica Rol N°380-2024
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